El concejal Edgardo Lobos presentó un Proyecto de Resolución en el Concejo Deliberante en el que solicita a la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires que estudie la implementación de la Unión Civil en la Provincia.
Los fundamentos para el pedido son muchos y variados. Sustentados en Tratados Internacionales referidos a la igualdad de oportunidades sin distinción de “raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.
A nivel mundial muchos países han legislado en este sentido (España, Bélgica, Reino Unido, etc.) Así mismo en Latinoamérica, ciudades como Buenos Aires, México DF, Carlos Paz y la provincia de Río Negro ya la han adoptado. Por otro lado, Uruguay se convirtió recientemente en el primer país Latinoamericano en aprobar la Ley de Unión Civil. También la Coalición Cívica de Tres de Febrero a través de la concejal Elina Rossi presentó el proyecto en su legislatura.
La unión civil asegura que las parejas formadas por personas del mismo sexo tienen garantías por parte del Estado y la posibilidad de gozar de los mismos derechos que la legislación otorga a cónyuges y familiares en nuestro país, derechos de igualdad ante la Ley, derechos a la no discriminación, y otros tantos derivados de su sistema de libre elección de vida.
Nos parece válido aclarar que esta norma es utilizada en la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, tanto por parejas de igual sexo a sí como también, e incluso en mayor número por parejas heterosexuales que lo consideran “un paso previo al matrimonio”
La unión civil permite a los contrayentes acceder a la obra social, los habilita para sacar un crédito y también pueden obtener licencias laborales por enfermedad y los subsidios o pensiones que otorgue el Estado. La unión civil no afecta la razón patrimonial de los contrayentes. No hay bienes gananciales. Para disolver la unión, tampoco es necesario caer en trámites engorrosos con abogados, como en el divorcio. Se puede disolver por decisión unilateral. Sólo se debe notificar fehacientemente a la otra parte y presentarse en el registro para pedir la disolución. La unión civil tampoco contempla la posibilidad de adopción, ni los integrantes pueden heredarse en caso de muerte.
En la provincia de Buenos Aires existen ciudadanos que integran la comunidad homosexual, travestis, transexuales y transgéneros que reclaman igualdad de derechos y oportunidades, que son excluidos cultural y socialmente y muchas veces víctimas de discriminación y violencia. Empecemos a escucharlos.
jueves, 17 de abril de 2008
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario